El aplazamiento de VeriFactu ya es oficial. El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, que retrasa un año la obligación de adaptar los sistemas informáticos de facturación a los requisitos de la Agencia Tributaria. Es el segundo aplazamiento de esta normativa, y afecta directamente a todas las empresas y autónomos en España.

En este artículo te explicamos qué ha cambiado, cuáles son las nuevas fechas y, sobre todo, por qué no deberías esperar para adaptarte.

¿Qué dice el Real Decreto-ley 15/2025?

El texto, publicado en el BOE el 3 de diciembre de 2025, establece una ampliación de los plazos para que empresas y profesionales adapten sus sistemas informáticos de facturación (SIF) a los requisitos del Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación (RRSIF), conocido popularmente como VeriFactu.

Este es el segundo aplazamiento. El primero se produjo en abril de 2025, cuando ya se retrasaron las fechas iniciales previstas en el Real Decreto 1007/2023. Ahora, el Gobierno concede un año adicional.

Nuevas fechas de obligatoriedad

ColectivoFecha anteriorNueva fecha
Sociedades (Impuesto sobre Sociedades)1 de enero de 20261 de enero de 2027
Autónomos y resto de obligados tributarios1 de julio de 20261 de julio de 2027

Las fechas se han retrasado exactamente un año para cada colectivo, manteniendo el escalonamiento original de seis meses entre sociedades y autónomos.

¿Por qué se ha aplazado?

El aplazamiento responde a tres factores principales:

1. Falta de preparación del tejido empresarial. Patronales y asociaciones de autónomos venían alertando de que muchas pymes no habían iniciado siquiera el proceso de adaptación, en parte por desconocimiento y en parte por la falta de oferta de software certificado.

2. Necesidad de una implantación ordenada. El Gobierno reconoce que una entrada en vigor precipitada podría generar problemas técnicos y saturación del soporte, tanto en la AEAT como en los proveedores de software.

3. Adecuación de los sistemas de la propia AEAT. Los sistemas de recepción y validación de registros de la Agencia Tributaria también necesitan estar completamente operativos antes de exigir el envío masivo de datos.

¿Qué NO cambia con el aplazamiento?

Es fundamental entender que el aplazamiento solo afecta a los plazos, no al contenido de la normativa:

  • Los requisitos técnicos son los mismos. El Reglamento no ha sido modificado. Tu software deberá cumplir exactamente los mismos requisitos que ya estaban definidos.
  • Las sanciones siguen vigentes. Las multas de hasta 50.000 euros por ejercicio fiscal para usuarios y hasta 150.000 euros para fabricantes de software no conforme se mantienen.
  • Los fabricantes de software mantienen su plazo. Los productores y comercializadores de software deben ofrecer productos adaptados antes del 29 de julio de 2025 (9 meses desde la Orden Ministerial HAC/1177/2024). Este plazo no se ha modificado.
  • El periodo de pruebas sigue abierto. Las empresas que ya hayan adaptado su software pueden seguir enviando registros de prueba a la AEAT sin ningún inconveniente.

¿Deberías esperar para adaptarte?

No. Y estas son las razones:

1. Lo que ya tienes implementado sigue siendo válido

Si tu empresa ya ha adaptado su sistema de facturación a VeriFactu, todo lo implementado sigue funcionando correctamente. El reglamento técnico no ha cambiado, por lo que no habrá que volver a hacer el trabajo cuando la obligación entre en vigor.

2. Evitas la saturación de última hora

Este aplazamiento ya ocurrió una vez. Cuando la fecha definitiva llegue, la demanda de migraciones, implantaciones y soporte se disparará. Las empresas que esperen al último momento se encontrarán con colas, plazos más largos y menos atención personalizada.

3. Los beneficios del Kit Digital siguen disponibles

El programa Kit Digital del Gobierno de España sigue ofreciendo subvenciones de hasta 12.000 euros para la implantación de software de gestión. Estos fondos son limitados y se agotan. Aprovecharlos ahora significa digitalizar tu empresa sin coste y estar preparado cuando la obligación sea efectiva.

4. Un software moderno mejora tu negocio hoy

VeriFactu no es solo una obligación: es la excusa perfecta para modernizar tu facturación. Un ERP en la nube como Contafact no solo cumple con la normativa, sino que automatiza procesos, reduce errores y te da visibilidad en tiempo real de tu negocio.

Cronología completa de VeriFactu

FechaHito
Jul 2021Se aprueba la Ley 11/2021 de prevención del fraude fiscal
Dic 2023Se publica el Real Decreto 1007/2023 con los requisitos técnicos
Oct 2024Se publica la Orden Ministerial HAC/1177/2024 con las especificaciones
Abr 2025Primer aplazamiento de las fechas de obligatoriedad
Jul 2025Plazo para que los fabricantes de software ofrezcan productos adaptados
Dic 2025RDL 15/2025: segundo aplazamiento — nuevas fechas en 2027
Ene 2027Obligatorio para sociedades (Impuesto sobre Sociedades)
Jul 2027Obligatorio para autónomos y resto de contribuyentes

¿Qué pasa si ya eres usuario de Contafact?

Si utilizas Contafact, no tienes que hacer nada. Nuestro software ya cumple con todos los requisitos de VeriFactu desde julio de 2025:

  • Firma digital automática en cada factura emitida
  • Código QR verificable incluido
  • Registro inalterable de eventos
  • Envío de registros a la AEAT integrado
  • Declaración responsable disponible
  • Actualizaciones normativas incluidas en la suscripción

El aplazamiento simplemente te da más margen, pero tu empresa ya está preparada. Puedes seguir facturando con total tranquilidad.

¿Y si aún no te has adaptado?

Ahora tienes un año más, pero eso no significa que debas dejarlo para el último momento. Nuestra recomendación:

  1. Evalúa tu software actual. ¿Tu proveedor ha confirmado que cumple con VeriFactu? Pide la declaración responsable.
  2. Aprovecha el Kit Digital. Las subvenciones siguen disponibles y cubren la implantación completa.
  3. Planifica la migración con calma. Tener margen te permite hacer la transición sin prisas, con formación adecuada y sin interrupciones en tu operativa.

Preguntas frecuentes

¿El aplazamiento significa que VeriFactu se puede cancelar? No. La normativa está en vigor y los requisitos técnicos están definidos. Solo se han aplazado las fechas de obligatoriedad para los usuarios finales. La dirección es clara: VeriFactu será obligatorio.

¿Puedo seguir usando mi software actual si no cumple con VeriFactu? Sí, hasta las nuevas fechas (enero o julio de 2027 según tu caso). Pero a partir de esas fechas, utilizar software no adaptado será sancionable.

¿Los fabricantes de software también tienen más plazo? No. Los fabricantes deben ofrecer productos adaptados antes del 29 de julio de 2025. Este plazo no se ha modificado.

¿Hay algún beneficio en adaptarse antes de la fecha límite? Sí. Puedes acceder a las subvenciones del Kit Digital, evitar la saturación de última hora, y aprovechar las mejoras que un software moderno aporta a tu gestión diaria.

¿Habrá un tercer aplazamiento? No hay garantía. El Gobierno ha sido claro en que este es un aplazamiento para facilitar la transición, no para indefinirla. Planificar asumiendo que las fechas de 2027 son definitivas es lo más prudente.


¿Necesitas ayuda para adaptar tu empresa? No esperes al último momento. Contacta con nuestro equipo y te guiamos en todo el proceso. Con el Kit Digital, la implantación puede ser completamente gratuita.